domingo, 22 de abril de 2007

¿Tendra la UNASUR suficiente energía?

El pasado 16 de abril, las 12 naciones suramericanas celebraron, en Venezuela, la primera cumbre energética de la región. Allí, la denominada Comunidad Suramericana de Naciones-CSN, pasó a renombrarse Unión de Naciones Suramericanas – UNASUR. No se trata sólo de un cambio de nombre pues incluye una estrategia: apalancar la integración de la región a través de los acuerdos energéticos.

Esto no es nuevo en la historia. Es bien sabido que el antecedente de la actual Unión Europea, se encuentra en la Comunidad Europea del Carbón y del Acero – CECA (1951). El carbón representaba, para la época, el recurso energético clave de la región, así como el acero era un insumo central para su reconstrucción e industrialización. Posteriormente la integración europea se fue ampliando, profundizando el campo comercial y adquiriendo componentes políticos, hasta constituir la figura actual.
Como contraparte, tenemos el ejemplo de la Comunidad Andina de Naciones –CAN la cual, aún contando con importantes recursos energéticos, no utilizó este capital de manera efectiva para impulsar su proceso.

UE y CAN sirven de ejemplo y contra-ejemplo, de cierta hipótesis de integración: los acuerdos comerciales constituyen una vía efectiva para establecer relaciones entre agentes de diferentes países; una vez establecidas estas relaciones, resulta provechoso regularlas y complementarlas a través de acuerdos políticos.
La primera cumbre energética suramericana, refuerza la hipótesis: transcurrió sin mayores inconvenientes, aún cuando existían dos temas sensibles. Primero, la diversificación energética: se propuso buscar acuerdos tanto en el campo de los hidrocarburos (gas y petróleo) como en el de los bio-combustibles (el etanol es un tema de importancia para Brasil y Colombia). Segundo, las diferentes orientaciones políticas: en repetidas ocasiones se señaló la conveniencia de los acuerdos comerciales “más allá de las diferencias ideológicas”.

Sin embargo, el proceso hasta ahora empieza, y no se puede afirmar que transitará sin inconvenientes. Al respecto, cabe anotar un comentario a la hipótesis anterior. Los acuerdos comerciales no están tan desprovistos de elementos políticos como, a primera vista, se cree. Si bien su núcleo son discusiones técnicas, requieren del impulso y el aval de actores políticos. Esto es particularmente relevante en el contexto suramericano, dado su actual abanico de orientaciones políticas, por supuesto, mayoritariamente de izquierda. Un tema central será la definición de los agentes que explotarán los recursos energéticos. ¿Qué tanto participaran los Estados a través de sus propias empresas? ¿Hasta qué punto el sector privado tendrá protagonismo? No es un tema fácil. Existen movimientos recientes de Venezuela y Bolivia, hacia un mayor control del Estado de los sectores dinámicos en sus economías. También existe el convencimiento de otros países, como Colombia, en las ventajas de la participación privada. En esta clase de asuntos se verá qué las “diferencias ideológicas” no son algo del “más allá”.

Dados los beneficios que los acuerdos energéticos pueden traer, tanto en el plano económico, como en procesos más amplios de integración; esperamos que el proceso que acaba de iniciar continúe en un marco de fuerte deliberación para que la UNASUR no pierda toda su energía inicial.

sábado, 14 de abril de 2007

Consulta popular en Ecuador

El domingo 15 de abril, se celebrará en Ecuador una consulta popular con el objetivo, en principio, de afirmar o negar la realización de una Asamblea Constituyente en el país. Es el inicio de un proceso que puede culminar con la promulgación de una nueva constitución ecuatoriana -la actual es de1998. Encuentro en ello dos aspectos para comentar:

Primero, quienes defienden el sí en la consulta, hablan de una oportunidad para conseguir un cambio radical en el funcionamiento del país (nueva constitución), producto de un gran acuerdo nacional (participación en la consulta popular). Esto es un tanto –o quizá más que un tanto- exagerado. Por una parte, la relación entre la arquitectura institucional (constitución) y las prácticas sociales, no es tan unidireccional ni inmediata como se le pinta. Cambios radicales en las reglas de juego no hacen que los jugadores inmediatamente trasformen su comportamiento para adaptarse a ellas, especialmente en contextos en los que la capacidad de hacer cumplir las reglas es débil- que es el caso de países como Ecuador. Más bien, entre las normas y la práctica hay un proceso de retroalimentación e influencia en doble vía, que toma tiempo. Por la otra parte, no se debe sobredimensionar el carácter aprobatorio de los mecanismos de participación popular, especialmente en contextos con altos índices de abstención y desinformación sobre aquello que se consulta. Según sondeos, un 70% de la población desconoce, por ejemplo, el estatuto que se aprobaría con la consulta popular ecuatoriana.

Segundo, después de la consulta se tendrá uno de dos escenarios: Se aprueba, o no se aprueba. Si sucede lo último, el gobierno Correa recibirá un golpe bajo. El actual presidente ha puesto gran parte de su energía en la realización de la consulta y aprobación de convocatoria a la Asamblea Constitucional. Perdería ese esfuerzo y muy probablemente se debilitaría su posición –que en la actualidad es fuerte- frente a la opinión pública y los demás poderes estatales. En cambio, si se aprueba la consulta, el gobierno quedará en una posición privilegiada. Especialmente porque el sí a la consulta, en este caso, implica la aprobación del estatuto electoral -diseñado por el ejecutivo- en el cual se fijan las reglas para la integración de la Asamblea Constituyente. Tal estatuto, le otorga plenos poderes para la Asamblea, autoriza la participación de funcionarios públicos y no incluye impedimentos para que desde el gobierno se favorezcan candidatos afines al presidente. Además, señala que las decisiones en la Asamblea se podrán tomar con 66 votos de los 130 asambleístas (50% + 1). Todos estos elementos pronostican el “control” de la Asamblea desde el ejecutivo; Correa no ha sido neutral en la fase inicial del proceso y de seguro no lo sería más adelante.

Sin lugar a dudas, las normas deben reformarse si la realidad sobre la que aplican cambia. Pero debe existir plena conciencia sobre el alcance en los efectos de ello, sobre los discursos por los cuales se piden las reformas y sobre los intereses por los cuales se promueven.